Derecho civil vasco

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Los gobiernos central y vasco acuerdan una interpretación del art. 117 de la ley del Derecho Civil vasco sobre testamento abistestato

25 de enero de 2016 Noticias Derecho civil vasco

Con este acuerdo, ambas partes consideran solventadas las discrepancias competenciales suscitadas en relación con el art. 117 de la Ley de Derecho Civil vasco, que establece que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco sustituye como beneficiaria al Estado y a la Diputación foral correspondiente, en todos los casos de sucesión legal o intestada.

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